Renovación de matrícula mercantil
Entidad responsable: Cámara de comercio
Última actualización: 22 de Octubre de 2024
Descripción
Trámite en línea.
Inmediato, una vez aprobado el pago.
Si.
www.vue.gov.co
Anualmente y antes del 31 de marzo de cada año.
Sí.
¿Qué necesito para realizar el trámite?
- Acceso a beneficios y servicios: renovar la matrícula mercantil permite acceder a beneficios y servicios de la Cámara de Comercio en la que se encuentra registrado, así como por otras entidades a nivel nacional, tanto privadas como públicas, que exigen este requisito.
- Facilitación de créditos financieros: mantener la matrícula mercantil actualizada, ayuda a obtener créditos en el sector financiero, ya que las entidades bancarias valoran la formalidad y cumplimiento legal.
- Mayor visibilidad y credibilidad: la renovación oportuna otorga visibilidad frente a potenciales proveedores o clientes, al estar registrado en la base de datos empresarial a nivel nacional.
- Acceso al Registro Único Empresarial y Social (RUES): con la renovación es posible acceder y descargar la información del RUES (Registro Único Empresarial y Social), obteniendo datos valiosos de otros comerciantes inscritos en el registro mercantil y renovados en los términos establecidos.
- Cumplimiento legal: renovar la matrícula mercantil es un deber legal que evita sanciones y multas.
- Beneficios de la Ley 1780 de 2016: la renovación de la matrícula mercantil permite acceder a los incentivos que esta Ley ofrece a emprendedores y pequeñas empresas.
- Conservar la calidad de afiliado: renovar oportunamente la matrícula mercantil, permite mantener la calidad de afiliado en la Cámara de Comercio.
De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres primeros meses de cada año.
Por lo tanto, la renovación de la matrícula mercantil debe realizarse antes del 31 de marzo de cada año para no perder los beneficios.
Para hacer la renovación se debe diligenciar el formulario dispuesto por el Registro Único Empresarial y Social (RUES), en el cual se le solicitarán datos del comerciante (persona natural o jurídica y del establecimiento de comercio), así como la información financiera de los mismos.
El formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES) es el documento dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para adelantar el proceso de matrícula o renovación en el registro mercantil que llevan las Cámaras de Comercio a nivel nacional.
Durante este proceso, puede actualizar la dirección del domicilio principal y de notificación judicial, el teléfono, el número de celular, el correo electrónico, la información financiera y actividad económica.
El incumplimiento a la obligación legal dentro del plazo señalado por la ley, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, puede ocasionar sanciones de carácter económico impuestas por la Superintendencia de Sociedades.
Por su parte, los comerciantes que se acogieron a la Ley 1780 de 2016 conocida como Ley de Emprendimiento Juvenil, perderán los beneficios.
Además, en virtud del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014 que establece la depuración del Registro Único Empresarial y Social -RUES-, las matrículas de las personas naturales, jurídicas, sucursales, agencias y los establecimientos de comercio, que no han renovado la matrícula mercantil o su inscripción en los últimos cinco (5) años, serán depurados del registro en el que se encuentran.
- Las personas jurídicas (sociedades o entidades): quedarán disueltas y en estado de liquidación.
- Las personas naturales y establecimientos de comercio: se les cancelará la matrícula mercantil.
Para realizar el trámite de renovación de matrícula mercantil a través de la VUE, siga los siguientes pasos:
- En el "Formulario de consulta para renovación de matrículas", ubicado después de las preguntas frecuentes, ingrese el número de identificación que desea consultar y presione "Realizar Consulta”.
- Aparecerá el resultado de la consulta y deberá seleccionar la ciudad donde tiene matrículas activas, para realizar el trámite presione "Renovar”.
- Para continuar con el proceso de renovación de su registro mercantil, usted será redireccionado a la Cámara de Comercio del domicilio donde está ubicada su empresa o negocio seleccionada y deberá iniciar sesión o crear el usuario respectivo.
- Diligencie el formulario con la información solicitada por la Cámara de Comercio respectiva (datos de contacto e información financiera). En caso de ser necesario, anexe los documentos solicitados.
- Firme electrónicamente su solicitud de renovación de matrícula. El sistema le generará la liquidación para realizar el pago del trámite.
- Una vez realizado el pago de los valores correspondientes a la renovación de la matrícula mercantil, usted ya podrá acreditar su calidad de comerciante con matrícula mercantil renovada.
- Acceso a beneficios y servicios: renovar la matrícula mercantil permite acceder a beneficios y servicios de la Cámara de Comercio en la que se encuentra registrado y otras entidades a nivel nacional tanto privadas como públicas que exigen este requisito.
- Facilitación de créditos financieros: mantener la matrícula mercantil actualizada, ayuda a obtener créditos en el sector financiero, ya que las entidades bancarias valoran la formalidad y cumplimiento legal.
- Mayor visibilidad y credibilidad: la renovación oportuna otorga visibilidad frente a potenciales proveedores o clientes, al estar registrado en la base de datos empresarial a nivel nacional.
- Acceso al Registro Único Empresarial y Social (RUES): con la renovación es posible acceder y descargar la información del RUES (Registro Único Empresarial y Social), obteniendo datos valiosos de otros comerciantes inscritos en el registro mercantil y renovados en los términos establecidos.
- Cumplimiento legal: renovar la matrícula mercantil es un deber legal que evita sanciones y multas.
- Beneficios de la Ley 1780 de 2016: la renovación de la matrícula mercantil permite acceder a los incentivos que esta Ley ofrece a emprendedores y pequeñas empresas.
- Conservar la calidad de afiliado: renovar oportunamente la matrícula mercantil, permite mantener la calidad de afiliado en la Cámara de Comercio.
De conformidad con el artículo 33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o jurídica), renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio, dentro de los tres primeros meses de cada año.
Por lo tanto, la renovación de la matrícula mercantil debe realizarse antes del 31 de marzo de cada año para no perder los beneficios.
Para hacer la renovación se debe diligenciar el formulario dispuesto por el Registro Único Empresarial y Social (RUES), en el cual se le solicitarán datos del comerciante (persona natural o jurídica y del establecimiento de comercio), así como la información financiera de los mismos.
El formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES) es el documento dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para adelantar el proceso de matrícula o renovación en el registro mercantil que llevan las Cámaras de Comercio a nivel nacional.
Durante este proceso, puede actualizar la dirección del domicilio principal y de notificación judicial, el teléfono, el número de celular, el correo electrónico, la información financiera y actividad económica.
El incumplimiento a la obligación legal dentro del plazo señalado por la ley, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, puede ocasionar sanciones de carácter económico impuestas por la Superintendencia de Sociedades.
Por su parte, los comerciantes que se acogieron a la Ley 1780 de 2016 conocida como Ley de Emprendimiento Juvenil, perderán los beneficios.
Atendiendo lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2020, las sociedades mercantiles sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años o que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como no operativas y podrán ser declaradas como disueltas, salvo demostración en contrario de su parte.
Además, en virtud del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, que establece la depuración del Registro Único Empresarial y Social – RUES-, las matrículas de las personas naturales, jurídicas, sucursales, agencias y los establecimientos de comercio, que no han renovado la matrícula mercantil o su inscripción en los últimos cinco (5) años, serán depurados del registro en el que se encuentra.
- Las personas jurídicas sociedades o entidades: quedarán disueltas y en estado de liquidación.
- Las personas naturales y establecimientos de comercio: se les cancelará la matrícula mercantil.
Para realizar el trámite de renovación de matrícula mercantil a través de la VUE, siga los siguientes pasos:
- En el "Formulario de consulta para renovación de matrículas", ubicado después de las preguntas frecuentes, ingrese el número de identificación tributaria (NIT) que desea consultar y presione “Realizar Consulta”.
- Aparecerá el resultado de la consulta y deberá seleccionar la ciudad donde tiene matrículas activas, para realizar el trámite presione “Renovar”.
- Para continuar con el proceso de renovación de su registro mercantil, usted será redireccionado a la Cámara de Comercio de la jurisdicción seleccionada donde deberá iniciar sesión o crear el usuario respectivo.
- Diligencie el formulario con la información solicitada por la Cámara de Comercio respectiva (datos de contacto e información financiera). En caso de ser necesario, anexe los documentos solicitados.
- Firme electrónicamente su solicitud de renovación de matrícula. El sistema le generará la liquidación para realizar el pago del trámite.
- Una vez realizado el pago, usted ya será un comerciante con matrícula mercantil renovada.
Resultado que se obtiene
- Matrícula mercantil renovada.
Tenga en Cuenta
Tenga en Cuenta
Formulario de Consulta para renovación de matrículas
Ingrese su número de identificación para consultar las matrículas asociadas a su nombre.
Los campos con asterisco (*) son obligatorios
Consulta realizada a través del Registro Único Empresarial y Social (RUES).
Debe renovar la Matrícula
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Motivo de Cancelación
×Radicación Exitosa
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Puede hacer seguimiento directamente con la Cámara de Comercio de su ciudad.
Código del comercio - Decreto 410 de 1971
Por el cual se expide el Código de Comercio.
Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Por medio de la cual se reforma el Código de Comercio, se fijan normas para el fortalecimiento de la gobernabilidad y el funcionamiento de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.46.1.1., 2.2.2.46.1.2., 2.2.2.46.1.3., 2.2.2.46.1.4., 2.2.2.46.1.5., 2.2.2.46.1.6. y 2.2.2.46.1.7. del Capítulo 46, del Título 2, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 - Decreto Único del Sector Comercio, industria y Turismo.
Por el cual se reglamenta el artículo 144 de la Ley 1955 de 2019 y se adiciona una sección al Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015.
Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2O22- 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida.
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