Preguntas frecuentes

Usos de suelo

En la VUE, usted puede acceder a un servicio de consulta gratuita y respuesta inmediata, que le permitirá saber si según la normatividad vigente de usos de suelo, la actividad económica que pretende desarrollar se puede o no realizar en una ubicación específica. 
 
Para ello, tenga claro:

·       Qué tipo de actividad desea realizar
·       La dirección o ubicación del predio de su interés 
 
Para acceder al servicio de consulta de usos de suelo:
 
  1. Desde la página de inicio de la VUE, seleccione  "Consulte" y luego la opción "Consulta de usos de suelo".
  2. Verifique el horario de atención.
  3. Seleccione el botón “Llámenos”. Verifique las condiciones técnicas requeridas que se desplegarán para poder acceder a este servicio. 
  4. El sistema generará una llamada a un facilitador de servicio al cliente.
  5. El facilitador de servicio al cliente realizará la consulta y le comunicará el resultado, que podrá ser enviado a su correo electrónico.
  6. Si tiene dudas sobre cómo entender el resultado, puede solicitar ayuda a nuestros facilitadores de servicio.
 
Tenga en cuenta al acceder a este servicio: 
 
1) Nuestro facilitador de servicio realizará la consulta sobre la norma vigente que existe en cada ciudad 
 
2) Le responderá de manera clara si puede o no realizar la actividad en la dirección de interés, resultado que será a título informativo
 
3) La respuesta que obtiene no equivale a un concepto legal o certificación de usos de suelo, es decir, usted no puede tomar este resultado como una autorización legal de ejercer la actividad. Consulte a nuestro facilitador de servicio para saber qué debe hacer si quiere contar con ese tipo de documento
 
4) Excepcionalmente, algunas direcciones podrán tener limitaciones para generar la información. En este caso, le orientaremos sobre cómo proceder

La consulta de usos de suelo le permite acceder a la información que cada municipio tiene sobre las normas que definen lo que se puede o no se puede hacer en un predio o dirección determinada. Esta información es pública y se deriva de la norma de usos de suelo que expide cada municipio, a la cual se le conoce como Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
 
Esta información es importante al momento de crear empresa porque si tiene un inmueble o desea alquilar uno para desarrollar su actividad, debe asegurarse que esta norma se lo permite, ya que existen actividades prohibidas o restringidas en determinadas zonas o predios de una ciudad. 
 
Tenga en cuenta que cuando ejerza su actividad económica, las autoridades con funciones de inspección, vigilancia y control podrán constatar en cualquier momento que usted cumpla con estas normas. En caso que incumpla, podrán imponerle multas, sanciones e incluso, el cierre del establecimiento. 

Para la creación de empresa usted no está obligado a efectuar la consulta de usos de suelo.   Sin embargo, cuando requiera ejercer la actividad económica en alguna dirección física, es recomendable hacerla previamente para  evitar que pierda su inversión y tener garantía de que una autoridad no le cerrará o multará por violar las normas de usos de suelo.  
 
Recuerde que el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia establece mayores controles y multas por este incumplimiento. Un inspector podrá verificar en cualquier momento esta condición y sancionarlo si incumple. 
Es una solicitud que puede realizar un ciudadano, con el fin de conocer si puede ejercer la actividad económica de su interés en la dirección previamente definida.
 
Mientras que la consulta es una solicitud que se realiza con el fin de conocer cuáles son los usos y las actividades permitidas en la ubicación de interés, el concepto es un dictamen escrito con mayor nivel de detalle, emitido por la Autoridad de Planeación Municipal. En algunas ciudades también las curadurías prestan este servicio. 
 
En Pereira, la Secretaría de Planeación (Alcaldía de Pereira) emite los conceptos de usos de suelo, sin embargo, si el empresario requiere un certificado más detallado, debe solicitarlo en las Curadurías Urbanas, pagando el costo establecido.  

Tenga en cuenta que tanto la consulta como el concepto de usos de suelo son de carácter informativo y por tanto no otorgan derechos ni obligaciones al que lo solicita, ni modifican los derechos otorgados a través delicencias urbanísticas, de construcción y/o de modificación del inmueble.
De acuerdo con el artículo 85 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en caso de cualquier modificación del nombredatos de ubicación del empresario o el establecimiento de comercio, cambio de domicilio o de la actividad económica, con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas, o servicios sexuales, se requerirá aportar certificación donde conste que el uso del suelo para el desarrollo de estas actividades mercantiles es permitido, el cual deberá ser expedido por la oficina de Planeación Municipal o en algunas ciudades, las curadurías urbanas.
 
Sin la certificación,  la Cámara de Comercio no podrá efectuar la actualización o inscripción correspondiente.
Tanto la consulta de usos de suelo como el concepto de usos de suelo pueden ser solicitados de manera opcional en cualquier momento antes o después de la constitución de la empresa.
 
Usted no está obligado a solicitar una consulta ni un concepto de usos de suelo antes, durante o posterior a la creación de su empresa. Es un proceso informativo opcional muy conveniente para evitarle problemas durante su funcionamiento. 
Para más información sobre la consulta de usos de suelo, por favor diríjase a la página web de:
Gobierno de Colomiba
Banco Mundial
Confecámaras

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